La Ley 22/2021 de Presupuestos Generales del Estado para 2022 -LPGE– (artículo 106) ha actualizado las bases y tipos de cotización que debemos aplicar en las nóminas de «nuestros empleados» a partir de 1 de enero de 2022.

En este artículo pretendemos acercar alguna de las consecuencias que pudieran afectar en la primera nómina del ejercicio 2022: Enero.

 Observamos como en la nómina del mes de Enero de 2022 algunas empresas que tengan trabajadores cuya base de cotización sobrepase la base máxima, verán incrementados sus costes.

 

La cuantía de este coste adicional para el ejercicio 2022 dependerá de los tipos de cotización que aplique cada entidad y por supuesto del número de trabajadores que tenga con esta retribución; para la gran generalidad de los trabajadores contratados por cuenta ajena los tipos de cotización no han cambiado para el ejercicio 2022 en relación a ejercicios precedentes por lo que en la mayoría de casos, sabiendo que salvo los tipos de cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional el resto son comunes a todas las entidades, podríamos generalizar un incremento de costes aproximado.

Por otro lado, como observamos en la tabla inicial, el SMI fue incrementado en Septiembre de 2021 pero no lo ha hecho para Enero de 2022. Si atendemos a lo establecido en la propia LPGE para 2022:

 

(…) Las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán desde el uno de enero de 2022, y respecto de las vigentes en 31 de diciembre de 2021, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional (…)

 

Nota:

Hasta Agosto de 2021 la base mínima (1.050 euros/mes) no correspondía con el SMI vigente en esos momentos (950 euros/mes)

 

Y además, si «nos hacemos eco» de las intenciones mostradas por el legislador, en los próximos meses pudiera incrementarse la base mínima de cotización consecuencia de una subida del Salario Mínimo Interprofesional hasta los «pretendidos» 1.000 euros/mes para el ejercicio 2022. A tenor de la redacción mostrada, y salvo que nos encontrásemos en una situación como la vivida hasta Agosto de 2021, estaríamos hablando de una hipotética base mínima de cotización de 1.166,67 euros mensuales que supondría un coste adicional para trabajadores (con contrato indefinido) con retribución igual al SMI:

 

Empresa: + 12,80 Euros/mes.

Trabajador: + 2,59 Euros/mes.

 

De esta forma, si en Septiembre de 2021 la modificación de las bases mínimas de cotización consecuencia de la subida del SMI pudo tener una incidencia «más generalizada» por afectar a un mayor número de trabajadores (de distintas categorías), el incremento de la base máxima de cotización a partir de 1 de Enero de 2022 «solamente» afectará a empresas (y trabajadores) que retribuyan a sus empleados por encima del referido máximo.

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

¿Quiere estar al corriente de las novedades más relevantes para su negocio? Totalmente gratuita. 

Política de privacidad

Acepto recibir

¡Te has suscrito con éxito!