La persistencia del conflicto sigue afectando, de forma considerable, al nivel general de precios, a través principalmente del gas natural, los carburantes y los alimentos, por lo que es necesario seguir adoptando medidas para reducir los precios de la energía, moderar la inflación y apoyar a los colectivos más vulnerables. Para ello, el RDL 11/2021, publicado en el BOE el 26-6-2022, prorroga las medidas previstas en el RDL 6/2022 e incorpora otras nuevas que se juzgan adecuadas para hacer frente a la actual coyuntura. Destacan entre otras las siguientes:
I.- Fiscalidad:
Dentro de las medidas de apoyo, a efectos tributarios, se prorrogan, hasta el 31-12-2022, las siguientes:
- La aplicación el tipo mínimo del 0,5% en el Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- La aplicación del tipo impositivo del 4% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables.
Asimismo, se establece, con efectos desde 1-7-2022 y hasta 31-12-2022, la aplicación del tipo del 5% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
- Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh.
- Titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
II.- Laboral
En materia socio-laboral se prorrogan las siguientes medidas:
- Con el fin de evitar la destrucción del empleo y del tejido empresarial, hasta 31-12-2022, las empresas beneficiarias de ayudas directas o las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos del ET art.47 a consecuencia de las distorsiones económicas en las empresas producidas por la invasión de Ucrania o el aumento de los precios o costes energéticos, no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
- Se prevé un incremento del importe del ingreso mínimo vital correspondiente a los meses de abril a diciembre 2022 mediante la aplicación de un porcentaje del 15% al importe reconocido en cada caso.
Asimismo, desde 1-7-2022 hasta 31-12-2022, se establece un incremento extraordinario del 15% sobre el importe que corresponda percibir a cada beneficiario en esos meses, de las pensiones de jubilación e invalidez del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva.
III.- Transporte
- Bonificación en carburantes
Se prorroga la bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público de determinados productos energéticos y aditivos. Las personas y entidades que adquieran productos energéticos y aditivos (gasolina, gasóleo, bioetanol, biodiesel…) entre 1-4-2022 y 31-12-2022, serán beneficiarios de una bonificación de 0,20 euros sobre el precio de venta al público.
Si los productos son adquiridos a operadores sujetos a la prestación patrimonial de carácter público no tributario, la bonificación será de 0,15 euros por litro o por kilogramo, llegando con el correspondiente descuento a un mínimo de 0,20 euros por litro o por kilogramo en total.
- Reducción del precio de abonos transporte
Se establece un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2022, para la concesión de apoyo financiero a las CCAA y entidades locales que presten servicio de transporte colectivo urbano o interurbano, que se comprometan a implantar una reducción del precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, de los servicios de transporte terrestre de su competencia, en un porcentaje de un 30% respecto al vigente a 27-6-2022, para el periodo comprendido entre 1-9-2022 y 31-12-2022.
El precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros S.M.E. S.A., que se vendan entre 1-9-2022 y 31-12-2022, tendrán un descuento del 50%. También gozarán de este descuento los títulos multiviajes de más de dos viajes, excluido, por tanto, el billete de ida y vuelta, en las concesiones de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado, que a 27-6-2022 estén ofreciendo a sus clientes.
- Revisión del precio del transporte por carretera
Hasta 31-12-2022, se modifica la fórmula aplicable para la revisión del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible.
– Facturación
Se establece la obligación de reflejar, de manera desglosada, en todas las facturas referidas a transportes por carretera realizados entre 1-7-2022 y 31-12-2022, el coste del combustible necesario para la realización del mismo.
Esta obligación solo será aplicable en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.
IV.- Otras medidas
Industria gas intensiva
Se aprueba una línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022. Los beneficiarios serán las empresas o autónomos, que tengan domicilio fiscal en territorio español, que hayan realizado durante 2021 al menos una de las actividades previstas en los siguientes Códigos CNAE y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud:
Cód. CNAE |
Título CNAE |
133 |
Acabado de textiles. |
089 |
Industrias extractivas n.c.o.p. |
239 |
Fabricación de productos abrasivos y productos minerales no metálicos n.c.o.p. |
201 |
Fabricación de productos químicos básicos. |
241 |
Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones. |
234 |
Fabricación de otros productos cerámicos. |
235 |
Fabricación de cemento, cal y yeso. |
244 |
Producción de metales preciosos y de otros metales no férreos. |
203 |
Pinturas, barnices, tintas de imprenta y masillas. |
El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados que consten dados de alta en la Seguridad Social a fecha 15-6-2022, con una cuantía bruta máxima de 400.000 euros, es decir, antes de impuestos y otras retenciones. La cantidad por empleado en cada CNAE será 2.600 euros.
Arrendamientos
Hasta el 31-12-2022, se limita la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda. El arrendatario puede negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta.
El incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes, sin que, en caso de que el arrendador sea un gran tenedor, pueda exceder del resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato.
Desahucios
Se prorroga hasta 31-12-2022, la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares o personas vulnerables sin alternativa habitacional y para aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.
Los propietarios y arrendadores afectados por la suspensión podrán solicitar una compensación cuando la administración competente, en los tres meses siguientes a la fecha en que se emita el informe de los servicios sociales señalando las medidas adecuadas para atender la situación de vulnerabilidad acreditada facilitando el acceso de las personas vulnerables a una vivienda digna, no hubiera adoptado tales medidas.
La compensación podrá solicitarse hasta el 31-1-2023 y consistirá en el valor medio que correspondería a un alquiler de vivienda en el entorno en que se encuentre el inmueble, determinado a partir de los índices de referencia del precio del alquiler de vivienda u otras referencias objetivas representativas del mercado de arrendamiento, más los gastos corrientes de la vivienda que acredite haber asumido el arrendador, por el período que medie entre que se acordare la suspensión y el momento en el que la misma se levante por el Tribunal o hasta el 31-12-2022. No obstante, si dicho valor fuera superior a la renta que viniera percibiendo el arrendador, la compensación consistirá en renta dejada de percibir durante el mismo período señalado anteriormente más los gastos corrientes.
Bono social
Se prorrogan hasta el 31-12-2022 los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Protección al consumidor
Hasta 31-12-2022 inclusive, no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
Ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio
Se aprueba una ayuda, en pago único, de 200 euros, para las personas físicas que a 27-6-2022 realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o sean desempleados inscritos en la oficina de empleo, sean beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2021 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales.
Medidas prorrogadas para empresas y trabajadores afectados por la erupción volcánica en La Palma
Se prorrogan hasta el 31-12-2022 las siguientes medidas para la recuperación económica y social de la Isla de la Palma:
ERTEs
Los ERTE vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja.
Autónomos
Se prorroga hasta el 31-12-2022:
– La prestación de cese de actividad prevista para los trabajadores autónomos que se han visto obligados a cesar en la actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma. Estas prestaciones comenzarán a devengarse con efectos de 1-7-2022 y tendrán una duración máxima de seis meses, siempre que la solicitud se presente dentro de los primeros 21 días naturales siguientes a la entrada en vigor de esta norma. En caso contrario, los efectos se producen en el primer día del mes siguiente al de la presentación de la solicitud.
– La prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad y para los que vean afectadas sus actividades como consecuencia de los daños ocasionados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma. La percepción de la prestación tendrá una duración máxima de 6 meses y no podrá exceder del 31-12-2022.
Aplazamientos del pago de cuotas a la Seguridad Social
Las cuotas aplazables por los afectados por los daños causados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica de la isla de La Palma son:
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Cuotas devengadas |
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Empresas |
Autónomos |
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En general |
De junio a agosto 2022 |
De julio a septiembre 2022 |
Sector agrario |
De julio a septiembre 2022 |
De agosto a octubre 2022 |
Sector transporte urbano y por carretera |
De agosto a octubre 2022 |
De septiembre a noviembre 2022 |
Trabajadores del mar |
De julio a septiembre 2022 |
Fuente: QMemento Soluciona