- Impuesto mínimo del 15%:
- Las multinacionales con ingresos superiores a 750 millones en dos de los últimos cuatro años tributarán al menos un 15%.
- Afecta tanto a empresas españolas como a filiales extranjeras y filiales de grupos extranjeros en España que tributen por debajo de este porcentaje.
- Hacienda prevé recaudar 1.000 millones de euros anuales con este nuevo gravamen.
- Compensación de pérdidas:
- Las empresas con ingresos entre 20 y 60 millones solo podrán compensar el 50% de sus pérdidas.
- Empresas con ingresos superiores a 60 millones, solo el 25%.
- Doble imposición:
- Las deducciones por beneficios en el extranjero no podrán reducir el impuesto por debajo del 50% de la cuota.
- Reversión de deterioros:
- Las pérdidas por deterioro del valor de participaciones antes de 2013 deberán revertirse en tres años (2024-2026).
- Deducción de sueldos de administradores:
- Se permite deducir los sueldos de directivos y administradores, incluso si los estatutos no estipulan su remuneración.
- Ventajas fiscales para coches eléctricos y renovables:
- Libertad de amortización para la compra de coches eléctricos e instalación de puntos de recarga.
- Amortización libre hasta 500.000 euros en inversiones en energías renovables, con la condición de mantener el empleo.
- Deducciones por donaciones:
- Deducción de hasta el 40% del valor donado a ONGs o fundaciones, con un máximo del 15% de la base imponible.
- Si las donaciones son recurrentes, la deducción aumenta al 45%.
- Limitaciones a grupos consolidados:
- Solo podrán compensar el 50% de las pérdidas de sus filiales en 2024 y 2025.